viernes, 10 de abril de 2015

Presunción de inocencia.

Una mujer de no dejarse ver, afirma sin sonrojarse, que si habla de infidelidad, el hombre culpable. Quizá lo leyó en una revista de peluquería, o viene en el Código Civil, Penal o en la Constitución, pero no sé yo si será cierto. Igual se trata de culpar al hombre por infidelidad y ya está. Apasionada una mujer, no debiera levantar falsos testimonios si quiere ir al cielo. La presunción de inocencia sí que es principio constitucional. 

El corazón no atienden razones, el corazón solo atiende benditas necesidades, no busque entender sino comprender. Yo necesito amor y vale, no seré amado, pero sé amar. ¿Y usted?

No soy culpable de los cargos que me imputa ni siquiera sospechoso de conducta ilícita. Soy humilde de virtud y falto de credibilidad. Precisamente la credibilidad que usted debiera cuidar. Es contradictorio, señora mía, acusarme de su no saber leer entrelíneas. Ser responsable de cierta responsabilidad no le da derecho a incriminar, sería irresponsable. "Dios entrena sus mejores líderes en el desierto, allí les seduce y les habla al corazón". Oseas 2:14.

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